miércoles, 4 de julio de 2007

CAPITULOS X, XI, XII Y XIII


Proyecto de Reglamento General de la Universidad Simón Bolívar
Versión final aprobada en el Consejo Directivo extraordinario de fecha 4 de Junio de 2003
Versión Revisada por Consultoría Jurídica


REGLAMENTO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR





CAPITULO X


DE LOS EGRESADOS


Artículo 35º. Son egresados quienes hayan obtenido
títulos o grados académicos que expida la Universidad.
La Universidad mantendrá, fomentará y regulará
los vínculos que deben existir entre ella y sus egresados,
de los cuales se espera que colaboren en el fomento
y funciones de la Universidad, así como en el
logro de los objetivos de la Institución.
La representación de los egresados ante los organismos
universitarios será regulada en la reglamentación
interna correspondiente.


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CAPITULO XI


DEL SISTEMA DE ELECCIONES


Artículo 36º. La organización de las elecciones previstas
en este reglamento estará a cargo de la Comisión
Electoral, cuyos miembros serán designados por
la Asamblea Universitaria. El número, la forma de
designación de los miembros principales de la Comisión
Electoral y de sus suplentes, así como el tiempo
en sus funciones serán establecidos en el Reglamento
Interno de Elecciones.


Artículo 37º. El Reglamento Interno de Elecciones
establecerá la organización y los procedimientos de
los distintos procesos electorales, de acuerdo con lo
establecido en el presente Instrumento.

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CAPITULO XII


DE LAS ACTIVIDADES Y ESTRUCTURAS ADMINISTRATIVAS


Artículo 38º.
Lo concerniente a la organización de las

distintas instancias de la actividad administrativa y las
relaciones entre ellas con las estructuras académicas
será regulado por lo dispuesto en los Reglamentos
Internos correspondientes.


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CAPITULO XIII


DE LAS INCOMPATIBILIDADES


Artículo 39º. Las incompatibilidades en el ejercicio de
los cargos de dirección de la Universidad serán establecidas
en la reglamentación interna correspondiente.

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